Solicitar refugio (asilo) en Costa Rica

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Una persona refugiada es aquella que se ha visto obligada a abandonar su país de origen o de residencia habitual debido a situaciones de persecución por motivos de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, opiniones políticas o género y por esta razón debe solicitar protección internacional de otro Estado. Cada país establece su propio mecanismo para determinar si una persona es o no refugiada.

Cualquier persona, independientemente de su nacionalidad, tiene derecho a solicitar refugio o asilo político, así lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y la Convención sobre el Estatuto de Los Refugiados (1951). Históricamente, Costa Rica recibe personas desplazadas por la fuerza de países como Nicaragua, Venezuela, Cuba, Colombia, entre otros.

ACNUR trabaja junto al Estado Costarricense para que todas las personas refugiadas obtengan la protección que requieren. El primer paso para poder lograrlo, es que ellas y ellos cuenten con un documento de identidad que reconoce su condición como refugiado/a.

A este documento se accede mediante un proceso llamado “solicitud de asilo” o “solicitud de reconocimiento de la condición de refugio”. En Costa Rica se le conoce popularmente como “solicitud de refugio”.

Para solicitar refugio o asilo el primer requisito es que usted se encuentre en territorio costarricense. 

Solicitar el reconocimiento de tu condición de refugio es un proceso gratuito, personal (no requiere de personas intermediarias) y confidencial, lo que significa que la información que brindas a las autoridades es de uso exclusivo de dicha institución y no será compartida con personas externas ni con autoridades de tu país de origen.

Sigue leyendo para más información.


Solicitud de refugio por primera vez

Al entrar al país por primera vez, puede acercarse a las autoridades o a los puntos fronterizos autorizados y expresar su necesidad de protección internacional. No necesitará de ninguna documentación adicional 

Si ya se encuentra en el país, deberá obtener una cita para formalizar su solicitud ante la Unidad de Refugio de la DGME.   La cita puede ser programada de 2 maneras: 

 

Migration DGME costa rica website

1. A través del sitio web oficial www.migracion.go.cr . Se debe ingresar en la opción “Portal de citas web” que aparecerá en el menú horizontal superior de su pantalla. Esta opción le dirigirá a una página introductoria con la información del paso a paso para programar su cita. Encuentre un video explicativo sobre cómo utilizar el Portal aquí. 

 

 

1311 DGME Costa Rica Migration 2. Por medio de llamada, comunicándose a la línea telefónica 1311, donde debe marcar primero la opción #2 para comunicarse a Migración, y luego marcar opción #1 para comunicarse con una persona operadora de la Unidad de Refugio. Tenga en cuenta que la línea no es gratuita, por lo que la llamada podría tener un costo, definido por su operadora teléfonica.

 

Ambos canales están disponibles de lunes a viernes, a partir de las 7 am y hasta agotar los cupos diarios.

Agendar la cita para presentar su solicitud de refugio es totalmente gratuito y la única entidad que otorga las citas es la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) a través de la Unidad de Refugio.

Pagarle a personas o empresas tramitadoras puede exponerte a estafas y perdida de dinero, así como a terminar recibiendo documentos falsos, lo que constituye un delito en Costa Rica. Además, tus datos personales quedan expuestos ante terceros.

El día de la cita: su primera entrevista

El día de su cita, deberá presentarse de manera presencial en las oficinas de la Unidad de Refugio, en la Uruca, San José. Puede abrir la ubicación en Google Maps o Waze desde este enlace:

📍https://maps.app.goo.gl/YEJx3HXEWQcTg2Ef7

Una vez en la cita, se le solicitará completar un formulario inicial con su información. Dependiendo del caso, se le realizará una entrevista ese mismo día o se le agendará una entrevista posterior en donde podrá exponer su caso a profundidad.

Además, se te entregará un documento llamado “Carné de solicitante de refugio” ó “Carné provisional de permiso laboral” el cual te permitirá trabajar bajo patrono o por cuenta propia en Costa Rica. También te permitirá empezar a cotizar un seguro médico con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), acceder a educación primaria y secundaria a través del Ministerio de Educación Pública (MEP), entre otros derechos de los que puedes leer aquí.

Carné de solicitante de refugio y permiso laboral Costa Rica

La segunda cita: entrevista de elegibilidad

Esta entrevista a profundidad es uno de los pasos más importante en tu proceso de solicitud de refugio en Costa Rica. No asistir a la misma sin justificación podría afectar negativamente tu caso.

    • Si necesitas reprogramar tu cita para la entrevista de elegibilidad, llama al 1311 o escriba al correo electrónico [email protected], adjuntando una foto de su carné de solicitante de refugio y explicando las razones por las que no podrá asistir. Si la fecha de la cita ya pasó, el re-agendarla quedará a discreción de la Unidad de Refugio.
    • Si perdió su cita para la entrevista de elegibilidad, no notificó de las razones a la Unidad de Refugio y aún necesita solicitar protección internacional en Costa Rica, asesórese legalmente con alguna organización del listado: Asistencia Legal – ACNUR Costa Rica. También puede contactar a la Unidad de Refugio, llamando al 1311, escribiendo un correo a [email protected] o acercándose a sus oficinas los jueves y viernes, de 7:00 am a 11:00 am.

Documentación requerida:

Para tu entrevista de elegibilidad te solicitarán la siguiente documentación:

  • Fotocopia y original de algún documento de identificación personal (pasaporte, cédula de país de origen, etc).
  • Certificado de estado civil.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Comprobante de toma de huellas dactilares. Para obtenerlo, llame al 2600-4149, al 2600-4117 o ingrese a la web www.seguridadpublica.go.cr

¿Qué pasa si no cuento con toda la documentación el día de mi cita?

Tendrás 10 días hábiles para entregar cualquier documentación que puedas conseguir dentro de Costa Rica. En caso de que te sea imposible conseguir alguno de los documentos, tienes derecho a solicitar una declaración jurada en la Unidad de Refugio, en sustitución de dicho documento.

Importante: las personas que salieron de su país por persecución o violencia no están obligadas a apostillar sus documentos si esto representa un riesgo para su seguridad. Consulta por declaraciones juradas u otras alternativas en la Unidad de Refugio.

¿Qué pasa después de la cita de formalización en la Unidad de Refugio?

Una vez formalizada su solicitud, su caso será analizado y la Unidad de Refugio emitirá una resolución, que podría ser:

✅Aprobada:

Significa que cumple con los criterios para ser reconocido/a como persona refugiada en Costa Rica. Deberá tramitar un documento de identificación oficial o DIMEX, el cual tiene un costo de $68 dólares.

❌Denegada:

Si su solicitud es denegada, puede presentar ante la Unidad de Refugio un Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio en los siguientes tres (3) días hábiles solicitando una nueva revisión de su caso y la razón por la que no está de acuerdo con la decisión inicial.

 


Renovación de carné de solicitante de refugio

Carné de solicitante de refugio y permiso laboral Costa Rica

Todo carné de solicitante de refugio cuenta con la información sobre la fecha de su solicitud, así como la fecha de vencimiento del documento. Pasada la fecha indicada, este dejará de ser válido.

Si su solicitud de refugio no ha recibido una resolución al momento de la fecha de vencimiento de su carné, deberá realizar el trámite de renovación de carné de solicitante de refugio.

El primer paso para acceder al trámite es agendar una cita con la Unidad de Refugio de la Dirección General de Migración y Extranjería. Puede agendar la cita incluso meses antes de la fecha de vencimiento de su carné, por lo que recomendamos no dejarlo para último minuto.

Puede agendar su citar de cualquiera de las siguientes maneras:

 

Migration DGME costa rica website

1. A través del sitio web oficial www.migracion.go.cr . Se debe ingresar en la opción “Portal de citas web” que aparecerá en el menú horizontal superior de su pantalla. Esta opción le dirigirá a una página introductoria con la información del paso a paso para programar su cita. Encuentre un video explicativo sobre cómo utilizar el Portal aquí. 

 

 

1311 DGME Costa Rica Migration 2. Por medio de llamada, comunicándose a la línea telefónica 1311, donde debe marcar primero la opción #2 para comunicarse a Migración, y luego marcar opción #1 para comunicarse con una persona operadora de la Unidad de Refugio. Tenga en cuenta que la línea no es gratuita, por lo que la llamada podría tener un costo, definido por su operadora teléfonica.

 

 

 

Consulte la documentación y requisitos necesarios para la renovación en los canales de comunicación de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).


Reunificación familiar en Costa Rica (Refugio por extensión)

El refugio por extensión en Costa Rica es un procedimiento que permite que los familiares de una persona refugiada también reciban el reconocimiento de su condición de personas refugiadas. 

Aplica para los familiares de la persona refugiada que se encuentran en su país de origen o de residencia habitual y que deseen reunirse con la persona refugiada en Costa Rica, de conformidad con los criterios de consanguinidad y afinidad que establece la Ley.

Los familiares que pueden recibir el refugio por extensión son:

• Cónyuges (esposo o esposa).

• Hijos menores de edad

• Hijos mayores solteros hasta 25 años de edad, que demuestren continuar siendo dependientes económicamente y que continúen estudiando.

• Hermanos menores de edad o solteros hasta 25 años de edad, que demuestren continuar siendo dependientes económicamente y que continúen estudiando.

• Sus padres naturales y políticos, con relación de dependencia demostrable o acreditada.

• Otros familiares bajo la custodia legal de la persona reconocida como persona refugiada, incluyendo parientes con discapacidad que no entren en los anteriores criterios y exista una relación de dependencia demostrada.

Si deseas empezar este trámite, agenda una cita con la Unidad de Refugio de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME). Puedes hacerlo de 2 formas:

• Llamando a la línea telefónica 1311, de lunes a viernes de 7:00 am a 4:00 pm. En la llamada debes marcar primero la opción #2 para comunicarse a Migración, y luego marcar la opción #1 para comunicarse con una persona operadora de la Unidad de Refugio. Esta llamada podría tener un costo, asignado por tu operador telefónico.

• A través del “Portal de citas” en el sitio web www.migracion.go.cr, las citas pueden agendarse los viernes, lunes y martes a partir de las 7:00 am. La opción “Portal de citas web” aparecerá en el menú horizontal superior de su pantalla, al presionar “Servicios en línea”.

Encuentra un video explicativo sobre cómo utilizar el Portal presionando el enlace: https://youtu.be/b4u_1fE7nio?si=uBl3dfx8WEo5KMPn


Asesoría legal gratuita

ACNUR brinda asesoría legal gratuita para cualquier procedimiento migratorio relacionado a personas refugiadas, solicitantes de asilo o apátridas, a través de su socio, Servicio Jesuita para Migrantes:

Línea de información general por WhatsApp: +506 8729-0521

Línea telefónica: (506) 2280 4439

Correo electrónico: [email protected]

Dirección de oficinas: San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Lourdes. De la iglesia católica de Lourdes, 100 metros este y 75 metros sur. Casa azul de dos plantas.

 

Consultar otras opciones de asesoría legal gratuita en Costa Rica.


Derechos y deberes de las personas solicitantes de refugio (asilo)

Como persona solicitante de refugio con su debido carné, usted goza de derechos y puede acceder a servicios. Asimismo, cuenta con deberes que debe cumplir. Seleccione el tema del que le gustaría leer más

➡️Derechos

➡️Deberes


Renuncia al proceso de solicitud de refugio

Si por alguna razón requieres presentar el desistimiento a tu solicitud de refugio o renunciar a tu condición de persona refugiada, envía un correo a [email protected], explicando tu caso y adjuntando una copia digital o fotografía de tu carné de solicitante de refugio o tu DIMEX de persona refugiada.

Ten en cuenta que tanto el desistimiento como la renuncia al asilo/refugio, implican la finalización de la protección internacional por parte del Estado costarricense, incluyendo la protección contra la no devolución y demás garantías de protección reservadas para las personas refugiadas.