¿Cómo y dónde solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado?

En Chile, el reconocimiento de la condición de refugiado puede solicitarse solo dentro del territorio nacional: en el Departamento de Refugio si estás en Santiago, o en las Direcciones Regionales del Servicio Nacional de Migraciones si estás en otra región.

Si estás en el extranjero y tu intención es ingresar a Chile para solicitar el reconocimiento de tu condición de refugiado, puedes manifestarlo en frontera.

Esta manifestación en frontera solo asegura el ingreso a Chile; la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado solo se puede realizar ante el Departamento de Refugio o Direcciones regionales del Servicio Nacional de Migraciones. 

Solicitudes ante el Departamento de Refugio del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) y Direcciones Regionales del SERMIG

En Chile, el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), a través del “Departamento de Refugio y Reasentamiento”, se encarga de recibir las solicitudes de reconocimiento de refugiado, informar a los solicitantes sobre el progreso y resultado de sus peticiones, y orientar a las personas extranjeras sobre los requisitos para obtener dicho reconocimiento.

¿Dónde solicitar la condición de refugiada/o en Chile?

Si vives en Santiago

El reconocimiento de la condición de refugiado puede solicitarse de manera presencial en el Departamento de Refugio y Protección Internacional si estás en la Región Metropolitana (Santiago):

  • Dirección: San Antonio 580, Santiago, Región Metropolitana.
  • Horario de atención: 8:00 a 12:00, lunes a viernes.

 

Si vives fuera de Santiago

La solicitud debe realizarse directamente en las dependencias de las Direcciones Regionales del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG). A continuación, encontrarás un listado con la ubicación de cada Dirección Regional del SERMIG a lo largo de Chile:

RegiónDirección
Arica y ParinacotaEmilio Castro S/N, subterráneo, Edificios Públicos, Arica.
TarapacáObispo Labbé #492, Iquique.
AntofagastaJorge Washington #2534, Antofagasta.
Granaderos #2262, Calama.
AtacamaSalas #580, Copiapó.
CoquimboAvenida El Santo N°1462, La Serena.
ValparaísoMelgarejo #669, Zócalo 1, Valparaíso.
Salinas #1231, piso 4, San Felipe.
O’HigginsGermán Riesco #350, Rancagua.
MauleCalle 2 Norte #660, Talca 1 poniente #865, Talca.
ÑubleAv. Palermo #45, Chillán.
BiobíoAnibal Pinto #450, Local 4-B, Galería Alessandri, Concepción.
AraucaníaPorvenir #501, Temuco.
Los RíosCamilo Henríquez #146 Valdivia.
Los LagosSan Martín #80, piso 4, Puerto Montt
AysénFrancisco Bilbao #411, Coyhaique.
MagallanesAvenida Bulnes #353, Punta Arenas.

La solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado debe realizarse en un plazo de siete días hábiles contados desde el ingreso a Chile.

Si estás en el extranjero y tu intención es ingresar a Chile para solicitar el reconocimiento de tu condición de refugiado, puedes manifestarlo en frontera y luego presentar tu solicitud dentro del territorio chileno.

Esta manifestación en frontera solo asegura el ingreso a Chile; la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado solo se puede realizar ante el Departamento de Refugio o Direcciones regionales del Servicio Nacional de Migraciones. 

En Chile, el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), a través del Departamento de Refugio y Protección Internacional, se encarga de recibir las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado, informar a los solicitantes sobre el progreso y resultado de sus peticiones, y orientar a las personas extranjeras sobre los requisitos para obtener dicho reconocimiento.

La ley que regula la protección de las personas refugiadas en Chile es la N° 20.430.

Puedes encontrar el texto completo de la ley aquí.