Residir en Chile

Permisos de residencia

El permiso de residencia temporal permite residir en Chile hasta por 2 años, después de los cuales el permiso puede prorrogarse o puede solicitarse la residencia definitiva.

Requisitos generales para el permiso de residencia temporal

Todas las solicitudes de residencia temporal deberán acompañar los siguientes documentos, sin perjuicio de los requisitos específicos de cada categoría: 

  1. Copia de pasaporte con una vigencia que no sea inferior a un año a la fecha de la solicitud. 
  2. Certificado de antecedentes penales del país de origen o del país de última residencia durante los últimos 5 años.  
  3. Expresión de nombres y apellidos, correo electrónico y exposición de los hechos, razones y peticiones de la solicitud.

Formalidades de la documentación a presentar

Los documentos presentados deberán cumplir con las siguientes formalidades: 

  1. Documentos emitidos por instituciones públicas:  
    Apostilla o legalización según corresponda.
    Emitido dentro de los 60 días corridos antes de la presentación.
  2. Documentos emitidos por instituciones privadas:
    Emitidos dentro de los 30 días corridos antes de la presentación. 

En ambos casos, si los documentos están en un idioma distinto al inglés, deberán acompañar su respectiva traducción. 

Subcategorías de residencia temporal

Por regla general, los permisos de residencia temporal deben solicitarse desde el país de origen de la persona extranjera que lo requiera, sin embargo, existen excepciones tales como el permiso de reunificación familiar o el permiso por razones humanitarias en algunos casos.

Para revisar los requisitos y restricciones de cada una de las subcategorías de residencia temporal definidas en el Decreto Supremo 177 haz click en el siguiente link para más información: https://serviciomigraciones.cl/residencia-temporal/

Situación de niños, niñas y adolescentes

VISA temporaria especial para niños, niñas o adolescentes

En Chile, esta visa es gratuita, y se otorga a niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional, con independencia de la forma de ingreso o estatus del padre, madre, guardador o persona encargada de su cuidado. 

  • Esta visa tiene trámite preferente por sobre otras categorías. 
  • La solicitud debe ser realizada por el padre, madre, guardador o persona encargada de cuidado personal, pero a través de una cuenta creada a nombre del niño o niña. El beneficio no es extensible a los miembros del grupo familiar 

NOTA: Para saber más sobre cómo crear una cuenta en el portal del Servicio Nacional de Migraciones haga click aquí

  • Se deberá acreditar: i) la filiación mediante el correspondiente certificado de nacimiento, y ii) el cuidado personal o curaduría deberán presentar los documentos otorgados por la entidad competente según la normativa vigente del Estado que otorgó el cuidado personal o curaduría. 
  • En ningún caso se exigirá a los NNA un certificado de antecedentes penales, tarjeta de extranjero infractor o autodenuncia y tampoco podrán ser sancionados por haber ingresado al país por paso no habilitado. 
  • El trámite es a través de la página web https://tramites.extranjeria.gob.cl/ 

Niños, niñas y adolescentes inscritos como “hijo de extranjero transeúnte” en Chile

Si vives en Chile, en situación migratoria regular o irregular, y tienes un/a hijo/a que nació aquí, debe ser inscrito como chileno/a. Si tu hijo/a fue inscrito como hijo de extranjero transeúnte, comunícate con la Clínica Jurídica para Migrantes de la Universidad Alberto Hurtado (UAH), a través del correo [email protected] o al teléfono +56 9 2066 7141. 

Niños, niñas y adolescentes no inscritos en el país de nacimiento

Si tu hijo/a no fue inscrito al nacer, debes dirigirte al consulado del país donde haya nacido para obtener más información sobre cómo inscribirle. En caso de no acceder a información satisfactoria, comunícate con la Clínica Jurídica para Migrantes de la Universidad Alberto Hurtado (UAH), al correo [email protected] o al teléfono +569 20667141. 

Naturalización o nacionalización

Puedes solicitarla mediante Carta de Nacionalización, para mayor información revisa el siguiente link: https://serviciomigraciones.cl/nacionalizacion/. Las solicitudes se realizan en el portal tramites.extranjeria.gob.cl, con Clave Única. No se aceptan solicitudes por correo postal. Requisitos a cumplir:  

  1. Mayor de 18 años.   
  2. Tener 5 o más años de residencia en Chile (desde el estampado de la visa que dio origen a la Residencia Definitiva).  
  3. Ser titular de Permiso de Residencia Definitiva.  

Pueden solicitar Carta de Nacionalización los hijos/as de extranjeros/as que hayan cumplido 14 años de edad, que:   

  1. Tengan cinco o más años de residencia en Chile  
  2. Sean titulares de Permiso de Residencia Definitiva.  
  3. Cuenten con una autorización notarial de padre, madre o quién esté a cargo de su cuidado personal (con documento legal que otorgue tal cuidado).  

Nacionalización calificada

Este trámite está dirigido a personas que tengan una residencia definitiva vigente, que acrediten 2 años de residencia continuada y que tengan alguno de los siguientes vínculos:

  • Los que sean cónyuges de chileno/a, a lo menos durante 2 años y cuyo matrimonio se encuentre inscrito en Chile, siempre que en el mismo periodo ambos viven en el mismo hogar, salvo que a alguno de ellos le asista razones graves para no hacerlo. 
  • Los parientes de chilenos/as por consanguinidad hasta el segundo grado (abuelos/as y nietos/as) y los adoptados por chilenos/as. 
  • El hijo/a cuyo padre o madre, habiendo sido chileno, haya perdido la nacionalidad chilena con anterioridad al nacimiento del solicitante.