¿Cómo solicitar la condición de refugiado?

En Perú, los pasos para solicitar la condición de refugiado son:

1. Formalización de la solicitud la condición de refugiado

En Perú, el reconocimiento de la condición de refugiado puede ser solicitado ante:

Para tener en cuenta:

  • No es posible solicitar la condición de refugiado ante autoridades peruanas estando fuera de Perú.
  • La solicitud debe formularse en la frontera o dentro del territorio peruano.
  • La solicitud debe formularse sin demora ente las autoridades señaladas.
  • La solicitud debe ser presentada por escrito y consignar los datos de la persona y su grupo familiar, las razones por la cuales solicita la condición de refugiado, así como los datos de contacto en el país.
  • Toda la información que se brinde será confidencial y no será compartida con las autoridades de su país.
  • Las autoridades que reciban la solicitud deberán remitirlas en el plazo establecido por al Ley ante la Comisión Especial para los Refugiados.
  • Las personas que soliciten en frontera la condición de refugiado serán autorizadas a ingresar al territorio no pudiendo ser rechazadas, devueltas o expulsadas por los funcionarios de frontera.

2. Procedimiento de la solicitud

Actualmente la atención solo es virtual. Para poder presentar una solicitud se debe ingresar al portal:  portal.rree.gob.pe/refugiados. Todo trámite es gratuito.

3. Entrega de documentación provisoria

Presentada la solicitud de la condición de refugiado, la Secretaría Ejecutiva expedirá a cada solicitante de la condición de refugiado un documento provisional (Carné de solicitante) personal que deberá ser renovado tantas veces como sea necesario mientras dure el procedimiento.

Este Documento Provisional le permitirá permanecer en el país mientras dure el procedimiento, alojarse en un hotel o pensión, transitar legalmente dentro del país, fijar su domicilio y tramitar autorización de trabajo.

Para tener en cuenta:

  • Para que el documento provisorio mantenga su validez Usted deberá prorrogarlo siempre antes de su vencimiento. Podrá prorrogarlo en la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Especial para los Refugiados u otras dependencias autorizadas.
  • La vigencia del documento provisional es de 60 días, pudiendo ser renovado hasta la resolución definitiva del trámite de solicitud.
  • Deberá fijar un domicilio y mantenerlo actualizado.

IMPORTANTE: Los Carnés de solicitante de refugio emitidos, así como las Autorizaciones de Trabajo Virtuales tienen vigencia hasta el 30 de junio de 2021 de manera excepcional por la pandemia.

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