En Panamá, la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR), adscrita al Ministerio de Gobierno de la República de Panamá, es la encargada de recibir y tramitar las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado. A continuación, se describirá el procedimiento paso a paso para la solicitud.
El procedimiento para solicitar la condición de refugiado, así como los derechos y deberes de los refugiados y solicitantes en Panamá, están regulados en el Decreto Ejecutivo N.5 de 16 de enero de 2018.
Solicitud
Debes presentar tu solicitud dentro de los primeros seis (6) meses de tu llegada a Panamá
Si te encuentras en la frontera, en alguna Estación de Recepción Migratoria, o en albergue Migratorio, debes informar a la primera autoridad que te reciba (SENAFRONT, SNM, POLICÍA NACIONAL, SENAN, Defensoría del Pueblo, etc.), que quieres solicitar la condición de refugiado.
Si te encuentras en el Aeropuerto de Panamá, debes informar al funcionario del SNM de Migración que te reciba que quieres solicitar la condición de refugiado.
Estas instituciones tendrán 24 horas para avisar a la ONPAR de tu solicitud y desde este momento no puedes ser retornado al país de donde provienes. Un funcionario de la ONPAR se presentará al punto donde te encuentres para que completes por escrito tu solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
Si ya has ingresado a territorio panameño, deberás enviar un correo a [email protected] para solicitar una cita para presentar la solicitud de la condición de refugiado.
Formulario
Cuando acudas a la ONPAR el día asignado para tu cita para la presentación de tu solicitud de la condición de refugiado llenarás un formulario explicando por qué saliste de tu país y por qué no puedes regresar.
Si tus familiares te acompañan es importante incluirlos en el formulario.
Importante: Salvo en excepciones específicas detalladas en la Ley Nacional, la ONPAR no va a compartir con nadie lo que tú o tu familia relaten. Las instituciones públicas en Panamá, así como el ACNUR y sus socios deben mantener el principio de confidencialidad sobre cualquier información compartida con ellos por ti o por la ONPAR sobre tu caso.
Constancia
La ONPAR te entregará una constancia como solicitante de la condición de refugiado con tu fotografía, tu nombre, los nombres de todos los miembros de tu familia y la fecha de entrevista (debes asistir a la fecha indicada).
Se entrega únicamente un documento por familia, y es conveniente que hagas copias para que todos tus familiares puedan tener una copia, ya que los identifica a ti y a tus familiares, como solicitantes de la condición de refugiado en Panamá.
Recuerda que una vez hayas presentado tu solicitud, no debes salir del país ya que se considerará que ha renunciado al proceso.
Mantén contigo en todo momento la constancia de solicitud de la condición de refugiado que te entrega la ONPAR. Si algún oficial de Migración o Policía te consultan sobre tu estatus migratorio en el país, debes mostrar la constancia como solicitante de la condición de refugiado. Ellos podrán verificar su validez con el código QR que tiene el documento, el cual redireccionará a la página del Ministerio de Gobierno cuando pasa por un lector.
Entrevistas
En la constancia de solicitante de la condición de refugiado que te entregó la ONPAR, está la fecha de la entrevista, debes presentarte el día y hora indicada en el documento.
La ONPAR te entrevista en persona para verificar la información que pusiste en el formulario online. Es muy importante que respondas las preguntas con sinceridad. Si tienes documentos que trajiste de tu país sobre tu caso, puedes llevarlos a la entrevista, de no tenerlos, no te preocupes – puedes continuar tu solicitud sin problema.
Puedes verificar el avance de tu caso escaneado el código QR que aparece al final de la constancia de trámite o llamando a la ONPAR.
Es importante que le des seguimiento a tu solicitud, ya que la ONPAR podría requerir más información o clarificar algún dato. Si cambias de número de celular o de dirección, es importante que pongas en conocimiento a la ONPAR.
Admisibilidad
Solicitud admitida:
Si tu solicitud es admitida a trámite, la ONPAR emitirá una Resolución mediante la cual te informará de su decisión.
Importante: La legislación no establece un tiempo para dar una decisión y durante este tiempo tampoco otorga permisos de trabajo a la persona solicitante de la condición de refugiado. Recuerda que una vez hayas presentado tu solicitud, no debes salir del país ya que se considerará que ha renunciado al proceso.
La ONPAR te entregará una nota, junto con la Resolución de Admisión a trámite para que te dirijas al SNM. El SNM te entregará un carné, que te identifica como solicitante admitido de la condición de refugiado. El documento debe renovarse cada seis (6) meses. Todos los miembros de tu familia recibirán un documento sin importar su edad.
También podrás tramitar un permiso de trabajo como solicitante admitido de la condición de refugiado, valido por un año.
Para mayor información puedes consultar Decreto Ejecutivo No. 20 de 29 de mayo de 2019 que aprueba la emisión de permisos de trabajo a solicitantes de la condición de refugiado admitidos a trámite.
Para estos efectos, te aconsejamos ponerte en contacto con el Consejo Noruego para Refugiados, con el fin de asesorarte sobre los documentos que debes aportar y cómo se realiza dicho trámite. Los datos de contacto del Consejo Noruego los podrán encontrar en la parte final del presente documento.
Los casos admitidos a trámite son presentados a la Comisión Nacional de Protección para Refugiados (CONARE), quien evaluará tu caso y decidirá sobre tu solicitud.
Recuerda que una vez hayas presentado tu solicitud, no debes salir del país ya que se considerará que ha renunciado al proceso.
Solicitud no admitida:
En esta fase la ONPAR también podría decidir no admitir a trámite tu solicitud, lo que quiere decir que tu caso no pasará a la CONARE. De no estar de acuerdo, puedes pedir una revisión del caso a la ONPAR conocido como recurso de reconsideración.
El Consejo Noruego para Refugiados puede brindarte orientación, atención legal y puede apoyarte con la elaboración del escrito de reconsideración, para que puedas presentarlo ante la ONPAR; sin embargo, es importante que te pongas en contacto con ellos inmediatamente para tener tiempo suficiente para elaborar un buen escrito de reconsideración, ya que esto toma algunos días. Como indicamos anteriormente, los casos “Admitidos a Trámite” son presentados ante la CONARE. La CONARE evaluará tu caso e informará de su decisión, conocida como Resolución.
Importante: sólo cuentas con un plazo de 5 días hábiles (los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar los fines de semana, ni días festivos) siguientes a la notificación para interponer el recurso de reconsideración.
Puedes comunicarte con Consejo Noruego para Refugiados (NRC) al teléfono (507) 6589 5016, 6589 5017, 6589-4875, o al 6020-2786.
Evaluación ante la CONARE
Resolución Positiva: Te han reconocido la condición de refugiado.
El proceso no termina aquí, debes acudir a la ONPAR a notificarte y te expedirán una nota para acudir al SNM e iniciar tu trámite de documentación. Todos tus familiares como padres, esposa(o) e hijos menores de edad, hijos mayores hasta los veinticinco (25) años de edad que demuestren continuar siendo dependientes económicamente, además de seguir estudiando incluidos en la solicitud, serán reconocidos como refugiados y documentados.
El SNM te dará un carné de permanencia temporal en calidad de refugiado, válido por un año y puede ser renovado por el mismo tiempo. También podrás tramitar un permiso de trabajo como refugiado, valido por un año, renovable en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Para la tramitación del mismo, puedes ponerte en contacto con el Consejo Noruego para Refugiados.
Resolución Negativa:
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