Entrada y regularización documental de personas venezolanas en Brasil
El 1 de abril de 2022 se publicó la Ordenanza 670/2022, una decisión del Gobierno Federal de Brasil que permite la entrada al país a refugiados y migrantes. Las preguntas frecuentes a continuación contienen los puntos principales de la decisión del gobierno brasileño.
Sí. Venezolanos y residentes habituales en Venezuela podrán entrar a través de cualquier punto fronterizo terrestre y aéreo a Brasil. Sin embargo, cabe señalar que existe una fuerte demanda de regularización migratoria en la frontera entre Brasil y Venezuela, lo que puede prolongar todos los trámites necesarios para entrar en Brasil y obtener los documentos a los que tienen derecho refugiados y migrantes en el país
Según lo previsto en el artículo 17 de la Ordenanza 670/2022, la persona en situación de vulnerabilidad derivada de un flujo migratorio causado por una crisis humanitaria reconocida por un acto del Presidente de la República, conforme al único párrafo del artículo 3 de la Ley Nº 13.684, de 21 de junio de 2018, y que haya ingresado al país, en el periodo del 18 de marzo de 2020 al 1 de abril de 2022, fecha de publicación de esta Ordenanza, podrá tener su situación regularizada bajo los términos de la legislación vigente. Para ello, es necesario presentar una solicitud de refugio o residencia ante la Policía Federal. Para saber más, haz clic aquí.
Si necesitas ayuda, contacta con la Oficina del Defensor Público Federal o con organizaciones de la sociedad civil.
La Ordenanza 19/2021 prevé la simplificación del proceso de permisos de residencia para inmigrantes que se encuentran en territorio brasileño y son nacionales de un país fronterizo, cuando el Acuerdo de Residencia para Nacionales de los Estados Parte y Países Asociados de MERCOSUR (Guyana, Surinam y Venezuela) no esté vigente. Para solicitar la residencia según la Ordenanza 19/2021, haz clic aquí y consulta el paso a paso.
No. Recuerda que todos los servicios de documentación en Brasil son gratuitos. No hay costo para obtener documentación ni para recibir asistencia legal gratuita de defensores públicos y sociedad civil.
No. La emisión de documentación para refugiados y migrantes solo puede ser realizada por la Policía Federal y directamente en la unidad de la Policía Federal. Los documentos que no han sido emitidos por la Policía Federal son falsos y puedes ser considerado penalmente responsable por su uso.
