La explotación y el abuso sexual son situaciones donde los/as trabajadores/as humanitarios/as abusan de su posición de poder o de la confianza de personas refugiadas, solicitantes de asilo o migrantes para obtener a cambio favores de naturaleza sexual.
Las personas trabajadoras humanitarias tienen PROHIBIDO:
🚫 Tener relaciones sexuales con menores de 18 años, independientemente de si existe consentimiento.
🚫 Ofrecer dinero, empleo, bienes o servicios a cambio de relaciones sexuales
🚫 Ofrecer asistencia humanitaria (por ejemplo, comida, ropa o refugio) a cambio de favores sexuales.
🚫 Toda relación sexual mantenida por la fuerza, mediante intimidación, o aún cuando exista consentimiento, éste se da aprovechándose de la condición de vulnerabilidad de la persona.
🚫 Toda relación sexual con las personas a las que están brindando asistencia.
🚫 En general, todo acto o insinuación de naturaleza sexual que sea solicitada por el o la trabajadora humanitaria a cambio de asistencia, provisión de servicios, o inclusión en programas de apoyo.
🚨 Todos estos actos están prohibidos, aún cuando se apele a la voluntad de la víctima.
Al hacer la denuncia:
- ✅ Siempre tendrán en cuenta tu seguridad.
- ✅ La persona a la cual has informado te asesorará y ayudará con cualquier necesidad inmediata de seguridad, protección, salud y orientación legal.
- ✅ Si la investigación determina los hechos, se tomarán medidas disciplinarias graves contra la persona agresora, incluida la terminación de su contrato.
🚨 ¡Recuerda!
- Los actos de explotación sexual y abusos cometidos contra ti NUNCA son tu culpa.
- Tu denuncia será CONFIDENCIAL.
- Reportar un incidente no impedirá que recibas asistencia de las organizaciones humanitarias.