Derechos y obligaciones

Aquí encontrará información acerca de los derechos y deberes de las personas refugiadas y solicitantes de la condición de refugiado en Bolivia.

Derechos de los refugiados y de los solicitantes de la condición de refugiado:

  • Derecho a buscar protección como refugiado en el Estado Plurinacional de Bolivia.
  • A acceder a un procedimiento de determinación de la condición de refugiado que asegure el respeto de sus derechos y garantías.
  • A gozar de todos los derechos y libertades reconocidos en el Ordenamiento Jurídico Nacional, así como en los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Bolivia, en particular los derechos reconocidos en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.
  • A no ser devueltos ni expulsados a su país de origen. La protección contra la devolución incluye la prohibición del rechazo en frontera y la extradición.
  • A no recibir sanción alguna por causa de su ingreso o presencia irregular en el país de refugio.
  • Ayuda administrativa.
  • Permanecer y transitar libremente en el país mientras se tramita la solicitud.
  • Acceder a los servicios públicos de salud, educación, justicia y trabajo.
  • Acceder a las instituciones y medidas de protección disponibles contra la violencia sexual y de género.
  • Sus derechos como persona no pueden ser restringidos indebidamente, por ejemplo, debido a su color de piel, al hecho de ser mujer o ser niña, niño o adolescente. Tampoco por su situación social, tener bajos recursos económicos, tener determinada creencia religiosa, entre otras razones.
  • A reunificarse con sus familiares en caso de ser reconocidos como refugiados.
  • A recibir una documentación temporaria que debe ser renovada mientras dure el procedimiento de determinación de la condición de refugiado.
  • En caso de ser reconocidos como refugiados, derecho a recibir un documento de identificación personal y, de ser necesario, un documento de viaje.

Obligaciones de los refugiados y de los solicitantes de la condición de refugiado:

  • Deben respetar la Constitución Política del Estado, las leyes y reglamentos vigentes, así como todas aquellas medidas adoptadas para el mantenimiento del orden público y la seguridad del Estado.
  • Informar a la CONARE sobre cambios de estado civil, domicilio y/o información de contacto.
  • Notificar a la CONARE de la realización de viajes al exterior. Deben mantener su documentación personal actualizada y vigente. También deben mantener el domicilio actualizado, la vigencia del certificado provisorio e informar a la Secretaría Ejecutiva de la CONARE sobre su intención de viajar al exterior expresando los motivos y las fechas en que desea viajar.

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