¿Qué es la apatridia?
Una persona apátrida no tiene la nacionalidad de ningún país. Algunas personas nacen en esa condición, pero otras pueden convertirse en apátridas. La apatridia puede ocurrir por varias razones, incluida el no registro de nacimientos, la discriminación contra determinados grupos étnicos o religiosos, o por motivos de género; la aparición de nuevos Estados y las transferencias de territorio entre los Estados existentes; y vacíos en las leyes de nacionalidad. Cualquiera que sea la causa, la apatridia tiene graves consecuencias para el acceso a derechos y servicios de las personas. Para mayor información consultar aquí.
En Bolivia, no se cuenta con una normativa específica de la condición de apátrida, no obstante el reconocimiento y protección de las personas refugiadas, se encuentran contemplados en la Ley N° 251 de 2012. El Decreto Supremo Nro. 1.440 del año 2012, que reglamenta la Ley Nro. 251 de Protección a Personas Refugiadas, estableció una disposición transitoria la cual establece que cualquier solicitud de apátridas, con carácter transitorio, será tramitado conforme al procedimiento previsto en la Ley N. 251 y su reglamento, en lo pertinente y correspondiente a cada caso.
Solicitar la condición de apátrida en Bolivia
El órgano competente para la determinación de la condición de apatridia es la CONARE (Comisión Nacional para los Refugiados). Deberás contactarte con este organismo para consultas o presentaciones relacionadas con este tipo de solicitudes.
Para mayor información, también puedes consultar en:
ACNUR en Bolivia: A través del formulario disponible aquí.
CONARE (Ministerio de Relaciones Exteriores)
Dirección: Calle Junín esq. Ingavi Piso 3°, Plaza Murillo, La Paz, Bolivia
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (+591 2) 240 8359
En este sitio web, podrá encontrar información sobre: