¿Cómo identificarte en caso de una intervención policial si eres una persona refugiada o migrante en el Perú? 

Ante las últimas medidas migratorias dispuestas por el gobierno peruano, la policía tendrá la facultad de realizar controles para determinar la situación migratoria de las personas extranjeras en el país. En ese contexto, es importante que al transitar por la vía pública a nivel nacional lleves contigo los documentos que te permitirán identificarte ante la autoridad. 

En esta nota te compartimos los documentos que debes cargar contigo según tu estado migratorio o condición jurídica en el Perú: 

Presenta:

  • Tu carné de extranjería. 

👉Si eres una persona refugiada reconocida en Perú y tu carné de extranjería o residencia venció, comunícate con InfoContigo al 0800-719-29 para recibir orientación sobre la actualización de tus documentos. 

Presenta:

  • Carné de solicitante de la condición de refugiado,  
  • La autorización virtual de trabajo, u, 
  • Otro documento provisional que pudiese emitir la Comisión Especial para los Refugiados (CEPR). También puede servirte la constancia de mesa de partes.

Las personas solicitantes de asilo o refugiadas NO pueden ser expulsadas, ni retenidas para verificar su condición migratoria, ni iniciarse un Procedimiento Administrativo Sancionador por el Principio de No Sanción por Ingreso o Permanencia Irregular.  La salvaguarda de “No devolución” está vigente y solo la CEPR tiene la competencia para decidir sobre posibles expulsiones en el caso de personas refugiadas.

Si ya tienes estos documentos y no son aceptados por las autoridades, solicita que la policía se comunique con la CEPR al teléfono (51 1) 204 3127 o escribir al correo [email protected]

En caso no tuvieras los documentos de trámite, de igual manera comunícate con la CEPR. 

Presenta:

  • Constancia de la cita / trámite expedido por Migraciones Perú. 
  • Constancia de recojo de CPP

Presenta:

  • Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) 
  • Si en tu caso ya cumpliste más de 6 meses y 1 día con tu CPP, y has solicitado la Calidad Migratoria Especial Residente en el Perú, también puedes presentar tu constancia de dicho trámite migratorio expedida por Migraciones Perú. El trámite para obtener la CMER lo realizas desde la Agencia Digital de Migraciones. 

Las personas con CPP vencido tienen hasta el 05/12/2023 para solicitar un cambio de calidad migratoria.

Presenta:

  • Carné de extranjería o  
  • Carné de identidad que expida el Ministerio de Relaciones Exteriores. 
  • Para el caso de niñas, niños o adolescentes (NNA) se aplican las mismas recomendaciones de documentos para ser identificados según corresponda. 
  • Las cédulas de identidad de las personas extranjeras o documentos análogos también son reconocidas como documento de identidad de conformidad con las normas o los instrumentos internacionales de los que el Perú es parte. 

Para más información puedes leer el decreto 1582 publicado en el Diario El Peruano aquí. 

Si ya tienes estos documentos y no son aceptados por las autoridades, comunícate con la Defensoría del Pueblo al por teléfono al 0800 15170 o correo electrónico [email protected] 

En la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) en Perú seguiremos compartiendo información oportunamente para aclarar dudas y orientar a las personas refugiadas y migrantes.