El proceso de solicitud de la condición de refugiado en Guatemala

La solicitud

La solicitud inicial se puede realizar de forma escrita o verbal, en los puestos de control migratorio en las fronteras terrestres, aéreas o marítimas. También en las oficinas del Departamento de Reconocimiento de Estatus de Refugiado (DRER) en Ciudad de Guatemala. Después de la solicitud inicial, se debe formalizar el proceso en las oficinas del DRER llenando un formulario que explica las situaciones que obligaron a la persona a huir de su país. 

Seguidamente el IGM emitirá un Estatus de Permanencia Provisional que debe ser renovado cada 30 días

Entrevista

Entrevista: Dos semanas después de la solicitud formal, el DRER le hará una entrevista a la persona solicitante de la condición de refugiado para que pueda explicar a detalle por qué salió de su país de origen. Toda la información compartida es confidencial, la cual será investigada y verificada.

Análisis de expediente

La Comisión Nacional para Refugiados (CONARE) conocerá el caso y en un plazo de 30 días emitirá una recomendación, opinión o sugerencia a la Autoridad Migratoria Nacional (AMN).

Resolución

La AMN determinará aprobar o rechazar la solicitud del estatuto de refugiado.

Notificación de la resolución

Si es favorable, se debe tramitar la residencia temporal de refugiado. Si es negativa, se puede plantear un recurso de reposición en un plazo de 10 días. La AMN debe informar de la decisión final en 5 días.

Si la AMN vuelve a resolver negativamente, el proceso puede ser llevado a los tribunales para revisar la decisión por vía judicial.