¿Cómo solicitar la condición de persona refugiada?

Las personas refugiadas son aquellas que se han visto forzadas a huir de su país de origen o de residencia habitual:

  • Por temor a ser perseguidas por su opinión política, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo étnico o grupo social,
  • o bien porque su vida, seguridad o libertad se vieron amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.

Nota: esto aplica incluso si todavía no formalizaste tu petición de protección por diversas razones. A veces las personas están en camino, no saben como pedir ayuda o buscan hacerlo en un lugar donde tenga familiares o acceso a salud, educación, trabajo, etc.


Solicitar la condición de persona refugiada en Bolivia

En Bolivia, el reconocimiento y protección de las personas refugiadas, se encuentran contemplados en la Ley N° 251 de 2012 y en su Decreto Reglamentario N° 1440/2012

PASO A PASO DEL PROCESO

1. Presentación de la solicitud

La solicitud se realiza personalmente de manera verbal y/o escrita:

IMPORTANTE:

  • El trámite es gratuito y personal. No necesitas gestores.
  • La solicitud debe hacerse en la frontera y/o estar físicamente en territorio boliviano (no se puede hacer desde consulados u otros países).
  • La solicitud debe hacerse dentro de los 90 días desde tu ingreso a Bolivia
  • Las personas que soliciten en frontera la condición de refugiado serán autorizadas a ingresar al territorio no pudiendo ser rechazadas, devueltas o expulsadas por los funcionarios de frontera.

2. Formalización de la solicitud

La formalización de la solicitud se realiza de manera escrita mediante la presentación de:

  • Datos completos del solicitante y de las personas que integran su grupo familiar.
  • Documento que acredite su identidad (pasaporte, cédula u otro) o explicar por qué no cuentas con ellos (tanto del solicitante como de su grupo familiar).
  • Documentos que prueben vínculos familiares.
  • Información sobre las razones que motivaron la salida del país de origen o residencia habitual.
  • Informar y mantener actualizado los datos de contacto durante todo el proceso, dado que allí se informará sobre la evolución de su solicitud.

Una vez formalizada la solicitud, la CONARE realiza el registro del solicitante y su familia y sus dependientes, en base a los datos proporcionados.

IMPORTANTE:

  • La CONARE considera relevante toda la información y documentos que entregues. Para comprender mejor tu situación, debes dar la mayor cantidad de detalles posibles sobre los motivos que te llevaron a salir de tu país.
  • Toda la información que brindes es confidencial y no será compartida con las autoridades de tu país.
  • No se requerirá la presentación de documentación que se encuentre en poder de autoridades del país de origen.
  • Los niños, niñas y adolescentes no acompañados o separados de sus padres o tutores también pueden presentar la solicitud por sí mismos/as. En estos casos, la CONARE debe coordinar con la institución encargada de proteger sus derechos y designar un defensor/a o tutor/a. Toda actuación sin la presencia del defensor/a o tutor/a será nula.
    • No acompañado/a: menor de 18 años que está sin su madre, padre ni cuidador/a principal, y no está bajo el cuidado de ningún adulto/a responsable por ley o costumbre.
    • Separado/a: menor de 18 años que está sin su madre, padre o cuidador principal legal, pero puede estar acompañado/a por otros familiares adultos/as (como abuelos/as o tíos/as).

3. Entrega de documentación provisoria/temporal

Una vez registrada la solicitud, la Secretaría Técnica de la CONARE, emitirá al solicitante y a los miembros del grupo familiar, un documento provisional/temporal (en formato de carné de identificación individual) que no tiene costo y deberá ser renovado tantas veces sea necesario mientras dure el procedimiento.

Este documento habilita al solicitante y familiares/dependientes:

  • Permanecer y transitar libremente en el país mientras dura el procedimiento.
  • Alojarse en cualquier hospedaje y/o rentar una vivienda.
  • Trabajar de acuerdo a las normas laborales vigentes.
  • Acceder a los servicios públicos de salud y educación en Bolivia.

IMPORTANTE:

  • Para que el documento provisorio mantenga su validez usted deberá renovarlo 5 días antes de su vencimiento en la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Refugiados.
  • El documento tiene una validez de 60 días, prorrogables por el mismo plazo.
  • El documento provisional es renovable hasta la resolución definitiva del trámite de solicitud.
  • Deberá fijar un domicilio y mantenerlo actualizado.

4. Entrevista

Usted será entrevistado por la Secretaría Técnica de la CONARE de manera personal, con el objeto de determinar los puntos principales de la solicitud.

La Secretaría Técnica de la CONARE emite un acta de la entrevista y una opinión Técnico-Jurídica de la solicitud. Es decir, realiza un análisis sobre las solicitudes, que incluye aspectos legales y técnicos para determinar si la persona cumple con los requisitos para ser reconocida como refugiada.

Luego se determinará la necesidad de una entrevista complementaria a fin de clarificar o ampliar algunos puntos de la solicitud.

IMPORTANTE:

  • Puedes pedir ayuda gratuita de un intérprete o traductor si no entiendes el idioma.
  • Puedes solicitar ser entrevistado por una persona del género que prefieras.
  • Toda la información de tu solicitud es confidencial y no se comparte, especialmente con autoridades de tu país de origen.
  • Puedes pedir los contactos de organizaciones que dan asistencia legal gratuita para apoyarte en tu preparación a la entrevista.
  • Todos los miembros de tu familia deben ser entrevistados por separado.
  • Debes decir la verdad y dar toda la información que te pidan durante la entrevista.

5. Resolución de la solicitud

La solicitud es analizada por la CONARE y toma una decisión:

Si la CONARE reconoce la condición de refugiado, la persona tiene una permanencia indefinida.

Una vez obtenida al Resolución de la CONARE y la permanencia indefinida otorgada por la Dirección General de Migración (DIGEMIG), los documentos se presentarán ante el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) para la obtención de la cedula de Identidad para Extranjeros.

IMPORTANTE: 

  • Este carné se deberá renovar cada 5 años ante la CONARE, considerando su permanencia indefinida.
  • Cuando una persona manifiesta su intención de salir del país a un destino diferente del país de origen deberá presentar una carta ante la CONARE, manifestando los motivos de su salida, el destino de su viaje y la fecha de su retorno.
  • Las personas reconocidas como refugiada tienen derecho a recibir un documento de identidad personal, y, de ser necesario, un documento de viaje.

Si la CONARE deniega la condición de refugiado, es decir, si es negativa:

  • La persona tiene derecho a pedir revisión de la decisión mediante un recurso de reconsideración escrito donde explique las razones de su disconformidad.
  • Este escrito debe ser presentado dentro de los 15 días hábiles computables a partir de la notificación de la decisión. La notificación podría ser emitida de manera personal en la Secretaría Técnica de la CONARE.

IMPORTANTE: 

  • Toda la información relativa a la solicitud es considerada confidencial. No puede ser compartida, especialmente con las autoridades del país de origen.
  • Si la decisión de denegación es confirmada luego de la imposición del recurso de consideración se otorgará un plazo de 30 días calendario para que la persona abandone el país o regularice su situación migratoria a través de DIGEMIG.

SI fuiste reconocido/a como persona refugiada en Bolivia, recuerda que: regresar a tu país de origen, o acogerte nuevamente a la protección del mismo implicará que cese tu condición de refugiado. Por ello, es importante que en caso de que quieras hacerlo, verifiques que tu vida, seguridad o libertad no seguirán corriendo peligro.

CONARE (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Dirección: Calle Junín esq. Ingavi Piso 3°, Plaza Murillo, La Paz, Bolivia
Correo electrónico:
[email protected]
Teléfono: (+591 2) 240 8359

Para mayor información, también puedes consultar ACNUR en Bolivia: A través del formulario disponible.


 

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