- Las personas refugiadas y solicitantes de refugio pueden ser contratadas o trabajar en relación de dependencia. La remuneración y las condiciones de empleo son las mismas que aplican a las personas paraguayas, conforme a la ley laboral N 213/93.
- Si crees que tus derechos laborales están siendo vulnerados puedes comunicarte con el área especializada dentro de Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS). Para acceder a información detallada visitar Mecanismo de denuncias – MTESS
A continuación se detallan algunas dependencias públicas con información de interés para la búsqueda de empleo:
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Teléfono: (+595 21) 729 – 0100
Horarios de Atención: de 07:00hs a 15:00hs
Dirección: Luis A. de Herrera e/ Paraguarí
Sitio web: MTESS – Servicio Público de Empleo
EMPLEA PY – MTESS
Quienes no cuenten con cédula paraguaya, deberán acercarse personalmente a la oficina ubicada en Río de Janeiro y Avenida Perú (Oficina del Viceministerio de Trabajo).
Para mayor información visita Emplea MTESS
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN A LA MUJER TRABAJADORA
Teléfono: 021 490930 – 021 7290100 (Int. 551/552/553) – 0983 351 126.
E-mail: [email protected]
