Los requisitos para abrir una cuenta bancaria están regulados por tres resoluciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera del Ecuador, institución encargada de regular los requisitos para la apertura de las cuentas bancarias. Estas resoluciones indican que:
Para abrir una cuenta de ahorros o una cuenta básica en bancos o en cooperativas de ahorro y crédito: Las personas solicitantes de la condición de refugio deben presentar su documentación de identidad extranjera (cédula de identidad o pasaporte expedido por el país de origen) y la visa humanitaria. Las personas reconocidas como refugiadas solo deben presentar la cédula de identidad ecuatoriana.
Mira estos videos para conocer más:
