El procedimiento del artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos es un procedimiento que brinda protección a las personas que temen regresar a su país de origen debido al riesgo de ser sometidas a tortura, trato inhumano y castigo. Para solicitar el artículo 3, debes dirigirte personalmente a la Unidad de Supervisión y Control de Fronteras de los Extranjeros (UVTG por sus siglas en holandés) de la Fuerza de Policía de Curazao ubicada en el complejo policial en la carretera Winston Churchill (sin número – esta ubicación es conocida como la estación de policía “Río Canario”). En UVTG completarás una solicitud de protección con la ayuda de un oficial de UVTG, si es necesario. También puedes comunicarte al 8666 692/693 para obtener más información.