Cómo solicitar la condición de refugiado en Colombia – Guía gráfica.
En Colombia, según el decreto 1067 de 2015:
Una persona refugiada es aquella que se ha visto obligada a salir de su país por temor a ser perseguido por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social y que no pueda, o a causa de estos riesgos, no quiera acogerse a la protección de su país. También se refiere a aquella persona que tenga razones para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en caso de expulsión, devolución o extradición al país de su nacionalidad o, cuando no se tiene nacionalidad, al país de residencia habitual. (Convención de Ginebra de 1951 – Estatuto de los refugiados).
Se considera también como refugiadas a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan alterado gravemente el orden público. Las anteriores definiciones incluyen riesgos de que la persona sea perseguida por razones de género y orientación sexual, generalmente asociados a actos de violencia sexual, violencia doméstica y familiar, planificación familiar forzada, mutilación genital femenina, castigo por desobedecer los valores y costumbres morales, trata de personas y discriminación a personas LGBTIQ+. (Declaración de Cartagena sobre Refugiados – 1984)-