Si ha sido reconocido como refugiado en Colombia, tiene los mismos derechos que las personas extranjeras residentes de manera regular en el país. Esto incluye:
- No ser devuelto a otro país en donde su vida, libertad e integridad personal peligre Trabajo: acceder a un empleo remunerado o trabajar por cuenta propia.
- Educación: acceder a instituciones educativas.
- Salud: acceder a servicios de salud y seguridad social.
- Libertad de movimiento y asociación: desplazarse dentro del país y participar en organizaciones.
- Protección en contra de la discriminación: derecho a un trato justo y sin discriminación.
Documentación
Si el GIT-Refugio le notifica que le ha sido reconocida la condición de refugiado, podrá tramitar un Documento de Viaje y una Visa M de refugiado ante el Grupo Interno de Trabajo de Visas.
Una vez tramitados estos documentos, podrá solicitar la expedición de la cédula de extranjería, que será su documento de identidad en Colombia a través de la página web Trámite de cédula de extranjería CE – MIGRACIÓN COLOMBIA.
Para información adicional sobre los pasos para solicitar estos documentos consulte: Documentación para personas refugiadas
Principio de unidad familiar
Si ha sido reconocido como refugiado, puede solicitar la extensión de esta condición para:
- Su cónyuge o compañero(a) permanente.
- Sus hijos menores de edad.
- Sus hijos de hasta 25 años que dependan económicamente de usted.
- Sus hijos con discapacidad, según la legislación colombiana.
- Los hijos de su cónyuge o compañero(a) permanente que cumplan con las condiciones anteriores.
Nota: para hacer esta solicitud, sus familiares deben estar físicamente en Colombia y se le podrá solicitar pruebas de la relación familiar, convivencia o dependencia económica.
Obligaciones de los refugiados
Como refugiado en Colombia, usted debe:
- Cumplir con la Constitución Política y las leyes del país.
- Respetar a todas las personas, entidades y organismos públicos y privados.
- Mantener su documentación actualizada.
Para más información, consulte Procedimiento de Determinación de la Condición de Refugiado | Cancillería, contacte al Punto de Atención y Orientación (PAO) más cercano (Puntos de Atención y Orientación (PAO) – ACNUR Colombia) o solicite Asistencia Legal – ACNUR Colombia
