Si usted es una persona refugiada en Colombia, consulte aquí información sobre cómo obtener o renovar su Documento de Viaje, la Visa M de Refugiado y la Cédula de Extranjería. También encuentre orientación sobre otros trámites como la Visa R de Residente y el SC2 de “trámite de visa”.
Tenga en cuenta:
- Cuando el Grupo Interno de Trabajo-Refugio (GIT Refugio) le reconoció como refugiado, le envió un correo desde [email protected], con la resolución y 2 guías para solicitar la expedición del documento de viaje y de la visa M de refugiado. Lea la información que le enviaron y guarde bien la resolución, la necesitará para sus trámites de documentación.
- El titular de la solicitud de refugiado debe hacer primero su trámite y luego el de sus beneficiarios (si los hay).
- El orden de los trámites es: primero el Documento de Viaje, luego la Visa M de Refugiado y, por último, la Cédula de Extranjería.
- Es su responsabilidad mantener sus documentos vigentes. Inicie los trámites al menos 30 días hábiles antes del vencimiento. Su protección y regularidad en Colombia dependen de ello.
- Si tiene dudas, consulte a las autoridades competentes:
- GIT-Refugio: le envía la resolución de reconocimiento desde el correo [email protected]. El correo de [email protected] es una cuenta para enviar comunicaciones únicamente. No recibirá respuesta de ese correo electrónico. Si tiene alguna duda escriba al correo [email protected].
- Ministerio de Relaciones Exteriores tramita el documento de viaje y la Visa M de Refugiado.
- Migración Colombia (https://www.migracioncolombia.gov.co/): tramita el SC2 de “trámite de visa” (si lo necesita) y la Cédula de Extranjería.
ATENCIÓN:
Como refugiado, no se esperaría que usted vuelva al país donde enfrenta un peligro, sin embargo, si existe una circunstancia excepcional por la que tenga que regresar, debe considerar lo siguiente:
Debe pedir autorización a la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado (CONARE).
Escriba a [email protected] explicando los motivos por los cuales tiene que viajar a su país de origen y solicite autorización de la CONARE.
Espere la respuesta antes de viajar. Si viaja sin permiso, la CONARE le quitará la condición de refugiado y cancelará su documentación y la de sus beneficiarios.
¿Qué documentos recibe una persona refugiada en Colombia?
Documento de Viaje
Libreta expedida de manera gratuita para personas refugiadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, válida por 3 años, la cual se expide únicamente en Bogotá. Este documento se requiere para estampar en él la visa que le permite estar de manera regular en Colombia.
El Documento de Viaje permite entrar y salir del país. Sin embargo, antes de viajar, verifique si el país de destino lo acepta como válido para ingresar, ya que algunos países no lo reconocen como documento válido.
Este documento no constituye prueba de nacionalidad.
¿Cómo solicitar o renovar el Documento de Viaje de una persona reconocida como refugiada?
1. Escriba al correo [email protected] indicando:
- Que solicita la expedición o renovación del Documento de Viaje.
- Su dirección y municipio de residencia.
2. Adjunte a ese correo los siguientes documentos en PDF:
- Documentos de identificación del titular y beneficiarios: puede ser la página de datos biográficos de los pasaportes de los que ha sido titular o del documento de identidad. Si no tiene ninguno de estos, haga una declaración escrita dirigida el Ministerio de Relaciones Exteriores indicando que no cuenta con documentos de identificación.
- Salvoconducto de permanencia (SC2) vigente, si es la primera vez que solicita el documento o si dejó vencer su visa y su Documento de Viaje que va a renovar.
- Resolución de reconocimiento como refugiado.
3. Tenga presente que la expedición o renovación del Documento de Viaje solo puede hacerse de manera presencial en Bogotá. Cuando reciba el correo con la fecha y hora de la cita, organice su viaje y preséntese en la sede de Pasaportes Norte (Av. 19 No. 98-03), con su grupo familiar incluido en la resolución. Lleve original y copia de los documentos que envió por correo para solicitar la cita de expedición o renovación del documento de viaje. No olvide llevar la resolución en la que le reconocieron como refugiado.
4. La entrega del Documento de Viaje tarda 24 horas. Debe permanecer en Bogotá hasta recibirlo, normalmente hasta el día hábil siguiente a la solicitud.
5. Para recibir su Documento de Viaje, debe presentarse nuevamente en la sede de Pasaportes (Av. 19 No. 98-03, Bogotá). Lleve su documento de identificación (Pasaporte o documento de viaje o la carta). Para niños, niñas y adolescentes (menores de 18 años), el documento se entregará al padre, madre o la persona que los acompañó al momento de solicitar la expedición.
Atención: Solicite su Documento de Viaje lo antes posible. Una vez sea reconocido como refugiado ya no le renovarán el SC2 de “trámite de refugio” y este documento es necesario para tramitar el Documento de Viaje. Si no tiene el SC2 vigente, NO podrán darle cita para que le expidan el Documento de Viaje. En ese caso, deberá pedir una cita en Migración Colombia para solicitar el SC2 de “trámite de visa”. ¿Cómo tramitar el SC2 de “trámite de visa”?
Visa M de Refugiado
La Visa M de Refugiado es una autorización para ingresar, permanecer y realizar actividades en Colombia, concedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de manera gratuita para personas refugiadas. Su solicitud se realiza de manera virtual.
La Visa M de Refugiado es el documento que le permite acceder a servicios y ejercer derechos en Colombia.
Atención: Una persona refugiada puede permanecer fuera del país hasta por 180 días al año. Si supera este tiempo, la visa puede ser cancelada al momento de regresar a Colombia.
¿Cómo solicitar o renovar la Visa M de Refugiado?
Antes de hacer la solicitud en línea, consulte en la página de la Cancillería la información actualizada sobre el procedimiento para obtener la Visa M de Refugiado:
1. Ingrese a https://www.cancilleria.gov.co/
2. En el menú principal, seleccione “Atención y servicio al ciudadano” > “Trámites y servicios” > “Visa” > “Tipos de Visa”> “Visa de Migrante (tipo M)” > “Refugiado” (Visa M refugiado | Cancillería)
3. Lea los requisitos y prepare los documentos requeridos.
4. Para solicitar la visa, ingrese de nuevo https://www.cancilleria.gov.co/.
5. En el menú principal, seleccione “Atención y servicio al ciudadano” > “Trámites y servicios” > “Visa” > “Requisitos” (Abecé de visas | Cancillería)
6. Lea las instrucciones generales para solicitar la visa y entre al enlace para llenar el formulario en línea: Formulario de solicitud de visas Cancillería de Colombia. Si la página aparece en inglés, seleccione la opción “Traducir a español”.
7. En la página del formulario en línea, busque el enlace a la guía que explica cómo llenarlo paso a paso y léala con atención: (Visa en línea | Cancillería)
8. Una vez haya leído la guía, prepare los siguientes documentos:
- Copia de la resolución que confirma que usted fue reconocido como refugiado en Colombia (formato PDF).
- Carta firmada por usted solicitando la visa (formato PDF).
- Imagen de la página principal del documento de viaje, donde aparecen sus datos y foto (formato PDF).
- Foto reciente, tamaño 3×4 cm, a color, fondo blanco, de frente, sin accesorios y con el rostro despejado (formato JPG, máximo 300 KB).
Después de verificar los requisitos y el procedimiento, solicite la Visa M de Refugiado en línea:
1. Ingrese a https://www.cancilleria.gov.co/
2. En el menú principal, seleccione “Atención y servicio al ciudadano” > “Trámites y servicios” > “Visa” > “Requisitos” (Abecé de visas | Cancillería)
3. Ingrese al enlace para llenar el formulario en línea: Formulario de solicitud de visas Cancillería de Colombia. Si la página aparece en inglés, seleccione la opción “Traducir a español”.
4. Lea la información que aparece en pantalla y marque la casilla “He leído”. Luego, llene el formulario con sus datos, siguiendo las instrucciones de la guía del usuario (leída en el paso 7)
5. Llene el formulario, adjunte los documentos requeridos y envíe.
6. El sistema le dará un número de solicitud. Escríbalo y guárdelo, lo necesitará si tiene preguntas más adelante.
Cédula de Extranjería
Documento de identificación entregado por Migración Colombia a personas extranjeras con visa vigente por más de 3 meses. Para solicitarla, primero debe tener el Documento de Viaje y la Visa M de Refugiado.
En el caso de niños, niñas y adolescentes desde los 7 años, se debe pedir la tarjeta de identidad de extranjería.
El trámite para la expedición de la Cédula de Extranjería en 2025 tiene un costo de $280.000 pesos colombianos (este valor cambia cada año). Puede pagar:
- Con tarjeta débito o crédito en el Centro Facilitador.
- En efectivo, con el recibo con código de barras que le entreguen para pagar en la sucursal bancaria.
¿Cómo solicitar o renovar la Cédula de Extranjería?
Tan pronto tenga la Visa M, tiene 15 días calendario para hacer este trámite. Es importante hacerlo dentro de ese plazo, de lo contrario Migración Colombia le pondrá una multa.
1. Ingrese a Migración Colombia: https://www.migracioncolombia.gov.co/.
2. En el menú principal, seleccione: “Atención y servicios a la ciudadanía” > “Trámites y Servicios” (Trámites y servicios)
3. Busque el botón “Trámites”, al dar clic será redirigido a la página de trámites: Trámites Migración Colombia – MIGRACIÓN COLOMBIA
4. Busque el botón “Diligencia el Formulario Único de Trámite (FUT) (Registro En Línea) e el botón de Cédula de Extranjería (Trámite de cédula de extranjería CE – MIGRACIÓN COLOMBIA) y luego seleccione el botón “Diligencia el Formulario Único de Trámite (FUT)” (Registro En Línea)
Diligenciamiento del Formulario Único de Trámite (FUT)
5. Al seleccionar “Cédula de Extranjería”, se activará una casilla para escoger el Centro Facilitador de Servicios Migratorios más cercano. Ejemplo: Si vive en Mocoa (Putumayo), debe seleccionar “Pasto”.
6. Sección “Datos personales”:
- En “Tipo de documento”, seleccione Pasaporte. Aunque el Documento de Viaje no es un pasaporte, es opción que el sistema le permite seleccionar.
- En “País de expedición”, seleccione Colombia.
- En “Departamento” y “Ciudad de expedición”, seleccione Bogotá D.C. y Bogotá.
7. Sección “Registro de extranjero”:
- En “Tipo de Visa”, seleccione Migrante.
- Adjunte la Visa M de Refugiado.
- En “País de expedición”, seleccione Colombia.
- En “Departamento” y “Ciudad de expedición”, seleccione la ciudad donde esté.
8. Sección “Ubicación y contacto en Colombia”: ingrese todos los datos que le piden.
9. Sección “Información de Solicitud de Cédula”. Confirme que se acercará al Centro Facilitador de Servicios Migratorios que seleccionó para reclamar su cédula.
10. Sección “Archivo”:
Cargue un solo PDF (máximo 1 MB) con:
- Imagen de la página del Documento de Viaje con sus datos personales.
- Imagen de la Visa M de Refugiado.
11. Sección “Aviso de privacidad”: Migración Colombia le pedirá autorización para tratar sus datos, es decir, para almacenar su información, actualizarla y rectificarla en caso de que usted lo requiera. Si no brinda su autorización, no podrá continuar con el trámite.
12. Sección “Consentimiento”. Lea las instrucciones, ingrese los caracteres y acepte.
13. Finalice: Al enviar su formulario, el sistema le dará un número de 17 dígitos. Guárdelo, este es el número del FUT y lo necesitará para reclamar su Cédula de Extranjería.
14. Luego de lo anterior agende su cita. Consulte: ¿Cómo agendar su cita con Migración Colombia?
15. Asista a su cita con la documentación requerida:
- Visa vigente (en el pasaporte o en formato digital).
- Documento de Viaje.
- Número de trámite del FUT.
¿Cómo agendar su cita con Migración Colombia?
Antes de agendar su cita:
- Diligencie el Formulario Único de Trámite (FUT).
- Tenga a la mano el número del FUT.
- Revise cuál es su Centro Facilitador de Servicios Migratorios (la ciudad que eligió al hacer el trámite).
- Verifique en la página de Migración Colombia si hay un horario para la asignación de citas o si puede hacer en el momento en que lo desee: Migración Colombia
Pasos para agendar su cita en Migración Colombia:
1. Ingrese al sitio web de Migración Colombia: www.migracioncolombia.gov.co
2. Busque la opción de trámites: En el menú principal, seleccione: “Atención y servicios a la ciudadanía” > “Trámites y Servicios” (Trámites y servicios).
3. Ingrese a la página de Trámites: Busque el botón de “Trámites”, al dar clic será redirigido a la página de trámites: Trámites Migración Colombia – MIGRACIÓN COLOMBIA.
4. Busque el enlace a la página de citas: En la página de Trámites busque y dé clic en el botón “Agenda tu cita”, será redirigido a: https://migracioncolombia.odoo.com/
5. Abra la página de citas: En la parte derecha, debajo del título “Bienvenido al Sistema de Agendamiento Virtual de Citas de Migración Colombia” encontrará una casilla que dice “Regístrese”. Dé clic en esta casilla, lo redireccionará a: Sign up login | Logo Migración Colombia
6. Regístrese en la plataforma: Llene los datos que le solicitan en el “Formulario de Registro para Ingreso a la Plataforma de Agendamiento”
7. Active su cuenta: Recibirá un enlace en el correo que registró, el cual dura 6 días. Úselo para ingresar sus datos y crear una contraseña.
8. Agende su cita: Ingrese a https://migracioncolombia.odoo.com/. En la parte superior de la página, haga clic en “Iniciar Sesión”.
9. Confirme el horario de asignación de citas: Las citas para expedición/renovación de documentos se asignan solo los domingos a partir de las 5:00 p.m. en la página web de Migración Colombia (este horario puede cambiar, verifique en la página de Migración Colombia si hay un horario para la asignación de citas o si puede hacer en el momento en que lo desee: Migración Colombia)
10. Inicie sesión (teniendo en cuenta el horario de asignación de citas): Ingrese su correo electrónico y contraseña.
11. Elija su centro Facilitador: Verá los Centros Facilitadores de Servicios Migratorios.
Seleccione el más cercano a donde vive. Se activará una casilla para escoger el Centro Facilitador de Servicios Migratorios más cercano. Ejemplo: Si vive en Mocoa (Putumayo), debe seleccionar “Pasto”.
12. Seleccione el trámite correspondiente: “Cédula de Extranjería”, etc.
13. Elija la fecha: seleccione la fecha y la hora disponibles.
¿Cómo renovar o reponer por pérdida o robo el Documento de viaje, la Visa M de refugiado o la cédula de extranjería?
Si perdió alguno de estos documentos o ya se le venció, puede volver a solicitarlos. El orden es importante:
1. Primero debe pedir el Documento de Viaje
2. Luego solicite la Visa M de Refugiado
3. Por último, renueve la Cédula de Extranjería.
Documento de Viaje
Para renovar o reponer el Documento de Viaje:
1. Escriba al correo: [email protected].
2. Envíe su solicitud de expedición o renovación.
3. Siga los mismos pasos que hizo cuando lo solicitó por primera vez: ¿Cómo solicitar o renovar el Documento de Viaje de una persona reconocida como refugiada?
Visa M de Refugiado
Una vez tenga el Documento de Viaje, solicite la Visa M de Refugiado como si fuera la primera vez.
El proceso es igual al que hizo cuando le reconocieron como refugiado: ¿Cómo solicitar o renovar la Visa M de Refugiado?
Cédula de Extranjería
Después de obtener la nueva Visa M de Refugiado, solicite la Cédula de Extranjería.
Deberá hacer este trámite como si fuera la primera vez: ¿Cómo solicitar o renovar la Cédula de Extranjería?
¿Cómo tramitar el SC-2 de “trámite de visa”?
Si su SC-2 de “trámite de refugio” está vencido, solicite un SC2 de “trámite de visa” en Migración Colombia.
1. Ingrese a la página web de Migración Colombia: https://www.migracioncolombia.gov.co/
2. Consulte la información del trámite actualizada en: Trámite de salvoconducto – MIGRACIÓN COLOMBIA
3. Diligencie el Formulario Único de Trámite (FUT): Registro En Línea
4. Agende su cita: https://migracioncolombia.odoo.com. Consulte: ¿Cómo agendar su cita con Migración Colombia?
Atención: si usted fue reconocido como refugiado, el GIT Refugio no podrá autorizar la renovación de su SC-2.
¿Cómo solicitar la Visa R de Residente si es una persona refugiada?
Si fue reconocida como refugiada en Colombia, puede solicitar la Visa R de Residente después de haber vivido 5 años sin interrupciones en el país con la Visa M de refugiado. La Visa R le permite, más adelante y cumpliendo requisitos adicionales, solicitar la nacionalidad colombiana por adopción.
Esta visa tiene dos pagos:
- Estudio de la solicitud: USD$55
- Expedición de la visa: USD$400
Para más información consulte: Tipos de visa | Cancillería
A continuación, consulte los pasos y requisitos:
1. Verifique que ha estado de forma regular en Colombia:
Debe haber vivido por 5 años en Colombia de manera continua con la visa M de Refugiado. Si en algún momento estuvo en situación irregular (por ejemplo, si no renovó su visa a tiempo), el conteo se reiniciará.
¡Atención!
- No deje vencer su documentación. La continuidad solo se mantiene si su visa M es renovada antes de que venza la anterior.
- El salvoconducto no cuenta como continuidad.
2. Reúna los documentos necesarios
Antes de hacer la solicitud en línea, aliste los siguientes documentos en formato PDF:
- Copia del Documento de Viaje con sus datos y foto.
- Copia de todas las visas que ha tenido en Colombia durante el tiempo de permanencia requerido, sin interrupciones en las fechas.
- Certificado de movimientos migratorios expedido por Migración Colombia en: Certificado de Movimientos Migratorios – CMM – MIGRACIÓN COLOMBIA) Consulte: ¿Cómo solicitar el certificado de movimientos migratorios?
- Carta de solicitud de visa: explique su fuente de ingresos para su sostenimiento y el de sus beneficiarios, mencione que fue reconocido como refugiado y adjunte la resolución de reconocimiento.
- Copia de su cédula de extranjería, para que GIT-Visas revise sus antecedentes judiciales.
- Foto reciente de 3×4 cm, a color, fondo blanco, sin accesorios, en formato JPG (máximo 300 KB).
3. Realice la solicitud en línea
- Ingrese a la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores: https://www.cancilleria.gov.co/
- En el menú principal, seleccione “Atención y servicio al ciudadano” > “Trámites y servicios” > “Visa” > “Requisitos” Abecé de visas | Cancillería
- Lea las instrucciones generales para presentar una solicitud de visa.
- Vuelva al inicio de la página y dé clic en “Realice aquí su solicitud de visa en línea”: Formulario de solicitud de visas Cancillería de Colombia
- Complete los campos del formulario.
4. Guarde el número de su solicitud
Este número le servirá para hacer seguimiento o resolver dudas.
5. Esté atento a notificaciones y comunicaciones
Revise con frecuencia el correo electrónico que registró, allí recibirá notificaciones o solicitudes de información adicional por parte del GIT-Visas.
Traspaso de la Visa R de Residente en Colombia
Aunque la Visa R de Residente en Colombia no tiene fecha de vencimiento, las nuevas reglas indican que todas las personas con esta visa deben hacer un traspaso, el cual consiste en solicitar a la Cancillería la re-expedición de esta. Para más información consulte: https://www.cancilleria.gov.co/traspaso-visa.
Si usted fue reconocido como refugiado y tiene la Visa R de Residente, cuya duración indica que es indefinida, debe solicitar el traspaso de visa antes del 31 de octubre de 2026. Consulte a continuación el paso a paso de cómo hacerlo.
Para realizar este trámite su Documento de Viaje debe estar vigente. Si no lo está, siga estos pasos:
- Solicite un salvoconducto SC2 para “trámites de visa”. Esto le permite estar en situación regular mientras renueva su documentación. Consulte cómo hacerlo en: ¿Cómo tramitar el SC2 de “trámite de visa”?
- Solicite la renovación de su Documento de Viaje. Consulte cómo hacerlo en: ¿Cómo solicitar o renovar el Documento de Viaje de una persona reconocida como refugiada?
¿Cómo hacer el traspaso de la Visa R en línea?
1. Ingrese a la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería): https://www.cancilleria.gov.co/
2. En el menú principal, seleccione “Atención y servicio al ciudadano” > “Trámites y servicios” > “Visa” > “Requisitos” Abecé de visas | Cancillería
3. Seleccione “Realice aquí su solicitud de visa en línea”: Formulario de solicitud de visas Cancillería de Colombia.
4. Lea las recomendaciones y marque la casilla “He leído”.
5. Diligencie todos los campos del formulario.
6. Marque las casillas de consentimiento de datos, verificación de seguridad y haga clic en “Continuar”.
7. En el campo “Solicitud”, seleccione “Traspaso visa”.
8. En “Tipo Traspaso”, seleccione “Traspaso Visa”.
9. Seleccione el periodo en el que fue expedida la visa a traspasar.
10. Complete los demás campos.
11. Cargue los documentos de soporte y pague la tarifa de estudio.
12. Guarde el número de su solicitud: este número le servirá para hacer seguimiento o resolver dudas.
13. Revise con frecuencia el correo electrónico registrado en su solicitud: allí recibirá notificaciones o solicitudes de información adicional por parte del GIT-Visas.
¿Cómo solicitar el certificado de movimientos migratorios?
Si usted es una persona refugiada y va a solicitar la Visa R de Residente debe solicitar el certificado de movimientos migratorios, a continuación, encontrará los pasos para hacerlo.
1. Ingrese a la página de Migración Colombia: https://www.migracioncolombia.gov.co/
2. En el menú principal, seleccione: “Atención y servicios a la ciudadanía” > “Trámites y Servicios” (Trámites y servicios). Tome nota del valor del certificado de movimientos migratorios, este cambia cada año.
3. Busque el botón de “Trámites”, al dar clic será redirigido a la página de trámites: Trámites Migración Colombia – MIGRACIÓN COLOMBIA.
4. Busque y dé clic en el subtítulo “Certificado de movimientos migratorios”: Certificado de Movimientos Migratorios – CMM – MIGRACIÓN COLOMBIA
5. Lea las instrucciones.
6. Seleccione el botón de “Diligencia el Formulario Único de Trámite (FUT)” y realice su solicitud en línea (Registro En Línea)
7. Tenga en cuenta que el certificado de movimientos migratorios tiene costo ($85.000 este año). Revise la información en la página de Migración Colombia: https://www.migracioncolombia.gov.co/tema/tramites-y-servicios
