¿Cómo solicitar la condición de apátrida en Uruguay?

La definición legal internacional de apátrida es “una persona que no es reconocida por ningún país como ciudadano conforme a su legislación”. En términos simples, esto significa que una persona apátrida no tiene la nacionalidad de ningún país. Algunas personas nacen en esa condición, pero otras pueden convertirse en apátridas. 

La apatridia puede ocurrir por varias razones, incluida el no registro de nacimientos, la discriminación contra determinados grupos étnicos o religiosos, o por motivos de género; la aparición de nuevos Estados y las transferencias de territorio entre los Estados existentes; y vacíos en las leyes de nacionalidad

Cualquiera que sea la causa, la apatridia tiene graves consecuencias para el acceso a derechos y servicios de las personas


¿Qué hace ACNUR en Uruguay en relación con la prevención de la apatridia y protección de personas apátridas? ⬇

En el año 2001, la República Oriental del Uruguay adhirió a la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961 y en 2004 a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 Con esta decisión, Uruguay, se sumó a los países líderes en el proceso de convertir al Sur de América Latina en la primera región del mundo en erradicar la apatridia. 

 La Ley de Reconocimiento y Protección al Apátrida fue adoptada en el año 2018 y constituye un importante avance regional, que da seguimiento al compromiso asumido por los países de América Latina y el Caribe en el marco del Plan de Acción de Brasil de 2014. En este Plan, la región se propone erradicar la apatridia antes de 2024.


¿Cómo solicitar la condición de apátrida en Uruguay? ⬇

La Ley N° 19.682 de Reconocimiento y Protección al Apátrida designó a la Comisión de Refugiados (CORE) como órgano competente para la determinación de la condición de apatridia. Es un organismo estatal que funciona en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores y está integrado por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, la Dirección Nacional de Migración, la Universidad de la República, el Parlamento, dos organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro y ACNUR, que participa con voz, pero sin voto.

Para contactarse con la CORE, están habilitados los correos [email protected] o [email protected]. Una vez que reciban tu correo, te enviarán por el mismo medio el formulario que deberás completar.  

A través del correo electrónico, la persona que se contacte deberá acompañar el formulario de inicio de la solicitud que enviará la CORE, junto con la documentación que la persona haya utilizado para viajar y el sello de ingreso a Uruguay, si lo tuviese. 

No es posible iniciar el trámite si la persona se encuentra fuera del territorio uruguayo. El reconocimiento de la condición de apátrida puede solicitarse en la frontera de Uruguay ante las autoridades migratorias.

Para mayor información: 

ACNUR
A través del formulario disponible aquí.

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN DE LA CONDICIÓN DE APÁTRIDA

CORE (Ministerio de Relaciones Exteriores)
E-mail:[email protected] 

SEDHU
WhatsApp: (+598) 98 624 906
Correo electrónico: [email protected]


En este sitio web, podrá encontrar información sobre:

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