Reunificación familiar – Personas refugiadas

Si eres una persona refugiada reconocida por la COMAR, tienes derecho a solicitar ante las autoridades la reunificación de familiares en México.

✅ Si tu trámite es aprobado:

  • Tus familiares (hasta 4to grado de parentesco) serán reconocidas como refugiadas por estatuto derivado.
  • Podrán vivir en México con residencia permanente.

✅ El trámite tiene 3 pasos, cada una con una autoridad diferente:

  1. COMAR: Evaluación y autorización de la reunificación, bajo los criterios de:
    • Vínculo familiar;
    • Solvencia económica; y
    • Dependencia económica.
  2. INM: Autorización del ingreso y entrega de permisos migratorios para tus familiares a México
  3. Consulados mexicanos: Emisión de visas para el ingreso de tus familiares.

⚠️ Los trámites ante COMAR e INM no tienen costo, pero puede haber gastos que deberás asumir como:

  • Pagos de visa;
  • Emisión de pasaportes; y
  • Boletos de viaje.

Si tienes dudas, en ACNUR podemos orientarte gratis. ¡Contáctanos!