Aquí encontrarás información sobre los pasos para la solicitud de asilo en El Salvador:
📢 A continuación, se describe cada paso:
Paso 1: Presentar tu solicitud
Para presentar una solicitud, debes acercarte a las oficinas de CODER, ubicadas en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Si te encuentras en el aeropuerto o un puesto fronterizo, explica a un funcionario de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), que quieres solicitar asilo en El Salvador. Puedes presentar tu solicitud de manera oral o escrita (te entregarán el formato correspondiente).
En caso de encontrarte en el Centro de Atención Integral al Migrante para personas extranjeras y migrantes (CAIPEM), debes informar a un oficial de la Gerencia de Atención al Migrante (GAMI) de DGME que quieres solicitar asilo en El Salvador, con el fin de que avise a CODER.
Tienes un plazo de cinco (5) días hábiles desde que ingresaste a El Salvador para presentar tu solicitud. Si no lo haces en este plazo, debes explicar la razón por la cual no te fue posible hacerlo.
!Recuerda que tienes derecho de contar con una abogada o abogado durante el procedimiento! Puedes contactar a la Procuraduría General de la República para que te representen de manera gratuita.
Paso 2: En espera de la entrevista
Recibida la solicitud, los funcionarios de la CODER te notificarán la fecha en que se realizará tu entrevista.
Paso 3: Entrevista
En la entrevista, deberás exponer el o los motivos por los cuales huiste de tu país de origen y las razones por las que no quieres o no puedes regresar.
Explica los mayores detalles posibles y siempre di la verdad. Deberás también contestar las preguntas que los oficiales de la CODER. No es un requisito, pero si tienes alguna prueba, debes entregárselas a los oficiales para que comprendan mejor tu caso.
Paso 4: En espera de la respuesta
Con base a la información proporcionada, la CODER determinará si admite tu solicitud o no. Si no lo hace, tienes 3 días hábiles para promover una apelación para que revisen la decisión.
Si se admite la solicitud, podrás tramitar ante la DGME un carnet de permanencia provisional que será válido en todo el territorio nacional por el término de treinta días renovables hasta cuando tu solicitud sea resuelta en forma definitiva.
Paso 5: Reconocimiento de la condición de refugiado
La CODER analizará a fondo tu caso para decidir si te reconoce como persona refugiada. Si la decisión es positiva, podrás tramitar ante la DGME el carnet de Permanencia Temporal Especial en calidad de refugiado con permiso de trabajo.
Solicitud de la condición de refugiado rechazada:
Si la decisión es negativa, tienes derecho a presentar un recurso de revisión ante la CODER. Deberás hacerlo por escrito y dentro de los tres días hábiles siguientes a que te notificaron. La CODER volverá a analizar tu caso.
Si la CODER niega tu caso por segunda ocasión, tienes derecho a recibir apoyo de tu abogada (o) para continuar con tu impugnación en una instancia jurisdiccional.
¡ Recuerda que todos los servicios relativos a este procedimiento son gratuitos!