La explotación y el abuso sexual son situaciones donde los/as trabajadores/as humanitarios/as abusan de su posición de poder o de la confianza de personas refugiadas, solicitantes de asilo o migrantes para obtener a cambio favores de naturaleza sexual.
Las personas trabajadoras humanitarias tienen PROHIBIDO:
🚫 Tener relaciones sexuales con menores de 18 años, independientemente de si existe consentimiento.
🚫 Ofrecer dinero, empleo, bienes o servicios a cambio de relaciones sexuales
🚫 Ofrecer asistencia humanitaria (por ejemplo, comida, ropa o refugio) a cambio de favores sexuales.
🚫 Toda relación sexual mantenida por la fuerza, mediante intimidación, o aún cuando exista consentimiento, éste se da aprovechándose de la condición de vulnerabilidad de la persona.
🚫 Toda relación sexual con las personas a las que están brindando asistencia.
🚫 En general, todo acto o insinuación de naturaleza sexual que sea solicitada por el o la trabajadora humanitaria a cambio de asistencia, provisión de servicios, o inclusión en programas de apoyo.
Las Naciones Unidas tienen una política de tolerancia cero con respecto a la explotación y los abusos sexuales.
Se espera que cada persona miembro del personal que trabaja para el ACNUR República Dominicana, incluida la fuerza laboral afiliada y sus organizaciones socias, siempre mantengan los más altos estándares de conducta personal y profesional.
🚨Si fuiste víctima de explotación o abuso sexual por trabajadores humanitarios, o conoces a alguien que lo fue, ¡Denúncialo! Tu información será confidencial y segura.
Escribe o envia nota de voz un mensaje al:
Línea español e inglés: +1 (849) 451-1490 (enviar un mensaje)
Línea Creole: +1 (829) 421-6407 (enviar un mensaje)
Envía un correo a [email protected]