El CPP es un documento oficial otorgado por la Superintendencia Nacional de Migraciones. Con él, las personas extranjeras en calidad migratoria irregular se regularizan y obtienen un permiso temporal de permanencia por un año en el Perú. Este permiso temporal no puede ser renovado, ni solicitado una segunda vez. Antes de que expire la persona deberá tramitar otra calidad migratoria.
Pueden acceder al CPP todas las personas extranjeras en situación migratoria irregular que hayan ingresado al país antes del 22 de octubre. Más detalles a continuación:
¿Qué es el CPP?
Es un documento oficial para personas extranjeras que otorga un permiso temporal de permanencia por el plazo de un (1) año y que regulariza su situación migratoria en el Perú. El CPP habilita el acceso a empleo, salud y educación, entre otros y es entregado por la Superintendencia Nacional de Migraciones.
¿Quién puede solicitar el CPP?
Personas extranjeras en situación migratoria irregular o solicitantes de refugio que hayan ingresado al Perú antes del 22 de octubre de 2020. Esto incluye a personas con:
– El plazo de permanencia vencido.
– Ingreso irregular o sin control migratorio
¿Cuál es el plazo?
Puedes solicitar el CPP desde el 9 de julio del 2021. Es importante que lo hagas lo más pronto posible.
¿Cómo lo solicito?
- Realiza la preinscripción migratoria ante Migraciones. Si aún no lo has hecho puedes realizarlo en la Agencia Digital
- Ingresa a la Agencia Digital dentro de la web de Migraciones: https://agenciavirtual.migraciones.gob.pe/agencia-virtual/identidad
- Haz clic en trámites para extranjeros y sigue las instrucciones.
-trámites especiales
-tipo de trámite: regularización
– llenar los datos solicitados
-elegir entre un trámite digital o presencial en una oficina de Migraciones.
¿Cuáles son los requisitos?
1.. Copia de un documento de identidad.
- Número de recibo de pago – Código de Pago 07569*
Mayores de edad: monto S/.47.30
Menores de edad y personas con discapacidad: monto Precio S/.47.40
- Copia del recibo de servicios en el que conste el domicilio declarado.
De 18 años en adelante
- Aceptar la declaración jurada de no poseer:
- Antecedentes policiales, judiciales o penales.
- No tener alertas internacionales.
- No estar impedido de ingresar al país. Esta declaración se genera de manera automática al generar el trámite. Solamente deberás tramitar tus antecedentes de existir inconsistencias.
- De poseer multa por exceso de permanencia, deberá de pagar la multa por exceso de permanencia y/o tasas pendientes, o solicitar el fraccionamiento de la multa de cumplir con las condiciones establecidas.
De 0 a 17 años
- Solicitud por ambos padres, uno de ellos o representante legal.
- Documentos que acrediten la representación legal.
- Acta o certificado de nacimiento o documento análogo.
Personas con discapacidad severa
- Solicitud presentada por representante legal.
- Documentos que acrediten la representación legal.
- Copia del certificado de discapacidad expedido por institución pública o privada autorizada, o carné de CONADIS o documento análogo expedido en el país de origen o en el país anterior de residencia
¿El CPP Me permite viajar?
Sí, te permite tramitar un permiso especial de viaje. Cuando tengas un trámite pendiente, deberás de gestionar tu permiso de viaje el cual posee una duración de 30 días calendarios. Una vez otorgado el beneficio del CPP, el administrado deberá de solicitar un nuevo permiso de viaje el que no se puede exceder más de 30 días por viaje, ni más de 90 días en un año.
¿Qué hacer cuando vence el CPP?
Antes de vencerse, se deberá solicitar a una nueva calidad migratoria, según cada caso. El CPP no se puede renovar, ni volver a solicitar. Migraciones no entregará una calidad migratoria de forma automática.
¿Por qué me pueden negar el CPP?
El CPP puede ser negado si Migraciones identifica que la información en la solicitud es falsa o si la persona tiene antecedentes nacionales o internacionales. En estos casos se emitirá una orden de salida previo pago de las multas correspondientes.