La decisión de su caso le será comunicada por la Junta Directiva de Inmigración en islandés.
Hay cuatro resultados posibles del procedimiento para el asilo:
- Se reconoce como refugiado y se emite un permiso de residencia temporal con duración inicial de 4 años, que se puede ampliar por periodos de 4 años
- Se otorga protección subsidiaria y se emite un permiso de residencia temporal con duración inicial de 4 años, que se puede ampliar por periodos de 4 años
- Se otorga un permiso de residencia por motivos humanitarios y se emite un permiso de residencia temporal con duración inicial de 1 año, que se puede ampliar por periodos de 1 año
- Se rechaza la solicitud de protección internacional
➡️Si la solicitud se acepta (estatus de refugiado de protección subsidiaria), la Junta Directiva de Inmigración otorga un documento que describe sus derechos y obligaciones. Los derechos y servicios normalmente son los mismos ya sea que se haya reconocido como refugiado, se haya otorgado protección subsidiaria o un permiso de residencia por motivos humanitarios. La diferencia principal es la duración del permiso de residencia emitido (4 años o 1).
➡️Si la solicitud es rechazada, la decisión completa le será comunicada a usted o a su representante legal en islandés.