Derechos de los solicitantes de refúgio y refugiados

Destacamos que los solicitantes de refugio y los refugiados tienen los mismos derechos que todos los brasileños. Según lo previsto en el artículo 6 de la Constitución Federal de Brasil, son derechos sociales la educación, la salud, la alimentación, el trabajo, la vivienda, el transporte, el ocio, la seguridad, la seguridad social, la protección de la maternidad y la infancia y la asistencia a los indigentes.

Mire el video que habla sobre los derechos básicos de los solicitantes de refugio y refugiados. Para acceder al video en portugués, haga clic aquí; con subtítulos en inglés y español, haga clic aquí; con subtítulos en francés y árabe, haga clic aquí.


Non-refoulement

Los refugiados y solicitantes de refugio no pueden ser devueltos o expulsados a un país donde sus vidas o su integridad física corren el riesgo de ser violados y en ningún caso serán devueltos a su país de origen. El reconocimiento del estatuto de refugiado también interrumpe cualquier proceso de extradición e impide la expulsión del refugiado, salvo por razones de seguridad nacional o orden público. Este derecho está previsto en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de la que Brasil es signatario. Si se le procesa y se enfrenta a un procedimiento de extradición o expulsión, tiene derecho a asistencia legal gratuita, proporcionada por un Defensor Público Federal (DPU).


No penalización

Mientras se analiza su solicitud de asilo, los solicitantes de refugio tienen el derecho de no ser investigados ni multados por su entrada irregular en el territorio brasileño.


No discriminación

Nadie puede tener sus derechos restringidos debido a su color de piel, género, edad, orientación sexual, situación social, condiciones económicas o religión. El racismo es un crimen en Brasil.

Para más información, consulte la Sección Racismo y Xenofobia.


Reunificación familiar

Los refugiados reconocidos en Brasil tienen derecho a la reunión familiar. Esto significa que si tiene familiares que viven en Brasil, pueden solicitar la reunión familiar y recibir el status de refugiado en Brasil sin tener que pasar por entrevistas.

Si los miembros de su familia no están en Brasil, puede solicitar una visa de reunión familiar a través de CONARE, que revisará su solicitud y, de ser así, se coordinará con el Ministerio de Relaciones Exteriores para emitir una visa a los miembros de su familia. Sin embargo, el gobierno brasileño no tiene ningún programa para financiar la llegada de familiares de refugiados a Brasil.
Según la ley brasileña, los miembros de la familia con derecho a la reunión familiar son:
• Cónyuge o pareja;
• Ascendientes;
• descendientes;
• Otros miembros de la familia que dependen económicamente del refugiado.

Para obtener más información sobre la reunión familiar, visite aquí.

Es importante tener en cuenta que todos los costos de viaje, como el pasaje aéreo, son su responsabilidad. El gobierno brasileño no correrá con los gastos de su familia que venga a Brasil.


Protección contra la violencia sexual o de género

En Brasil, hombres y mujeres tienen los mismos derechos. Así, toda forma de violencia contra la mujer, basada en la identidad de género o la orientación sexual, es delito. Las mujeres víctimas de la violencia tienen derecho a recibir asistencia médica y denunciar el acto delictivo a través de la línea directa 180 o acudiendo a comisarías especializadas en la lucha contra la violencia contra la mujer.

Para más información, por favor clic aquí.


Flexibilidad en cuanto a los documentos requeridos por el país de origen

De acuerdo con el artículo 43 de la Ley de Refugios de Brasil, las instituciones brasileñas deberían considerar la dificultad de los refugiados para obtener y presentar documentos expedidos en sus países de origen y / o representaciones consulares y diplomáticas.


Viajar al exterior

Si usted, refugiado o solicitante de asilo reconocido, desea viajar al exterior, consulte la necesidad de comunicar o solicitar una autorización a CONARE en la sesión de viajes al exterior.

Pasaporte para refugiados reconocidos

De acuerdo con la Ley brasileña, todo refugiado reconocido en Brasil puede solicitar un pasaporte brasileño para extranjeros.

Nunca olvide verificar si necesita una visa para ingresar a un determinado país. Tenga en cuenta que aunque viajará con un documento brasileño, los requisitos de visa seguirán dependiendo de su nacionalidad.

Para obtener más información, haga clic aquí.

Viajar al extranjero con un niño brasileño

Los brasileños menores de 18 años que viajen al extranjero, solos o en compañía de uno solo de sus padres o tutores, deben portar documentos de viaje (documento de identidad o pasaporte*) y deben presentar una autorización de viaje emitida de conformidad con la Resolución nº 131/11 de el Consejo Nacional de Justicia y obtenido en el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de su localidad.

En los casos anteriores, será necesario presentar la autorización de viaje a la Policía Federal, aunque los padres o tutores del niño, niña o adolescente estén presentes al momento del check-in con las empresas de transporte aéreo, marítimo o terrestre.

En el caso de viajes al exterior, no se requiere autorización si el niño, niña o adolescente viaja en compañía de uno de los padres, autorizado expresamente por el otro mediante acta notarial. El modelo de autorización de viaje para menores recomendado por la Policía Federal, que debe ser llenado después de leer atentamente la Resolución N° 131/11, se encuentra en el “Viaje de Niños y Adolescentes al Exterior” de la Policía Federal.

*La emisión de la cédula de identidad es gratuita (Ley 12.687/12), para mayor orientación, comuníquese con la Secretaría de Seguridad Pública de su localidad.