Pasos para solicitar asilo en El Salvador

Aquí encontrarás información sobre los pasos para la solicitud de asilo en El Salvador:

📢 A continuación, se describe cada paso:

Paso 1: Presentar tu solicitud

Para presentar una solicitud, debes acercarte a la Secretaría de la CODER o, si te encuentras en un puesto fronterizo, a un funcionario de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), y expresar tu voluntad de solicitar asilo en El Salvador. Puedes presentar tu solicitud de manera verbal o escrita. A tu solicitud puedes anexar todo tipo de documentación que pueda apoyar tu caso.

En caso de encontrarte en el Centro de Atención Integral al Migrante para personas extranjeras y migrantes (CAIPEM), debes informar a un oficial de la Gerencia de Atención al Migrante (GAMI) de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) que quieres solicitar asilo en El Salvador, con el fin de que dé aviso de tu presencia e intención a la CODER.

El procedimiento en El Salvador establece que tienes un plazo de cinco (5) días hábiles, a partir del día hábil siguiente al que ingresaste a El Salvador para presentar tu solicitud. En caso de presentar la solicitud después de ese plazo, deberás justificar la razón por la cual no te fue posible hacerlo dentro del tiempo establecido, con el fin que la Subcomisión determine si admite o no tu solicitud a trámite.

Paso 2: En espera de la entrevista

Recibida la solicitud, los funcionarios de la Secretaría de la CODER te notificarán la fecha en que se realizará tu entrevista.

Paso 3: Entrevista

En la entrevista, deberás exponer el o los motivos por los cuales saliste huyendo de tu país de origen y las razones por las que no quieres o no puedes regresar. Deberás también contestar las preguntas que los oficiales de la Secretaría de la CODER puedan tener, incluyendo tus datos personales.

Si no anexaste a tu solicitud documentos o información relacionada a tu caso, debes presentarlos en este momento a las autoridades, en el caso en que cuente con ellos.

Paso 4: En espera de la respuesta

Con base a lo mencionado en la entrevista realizada, la Subcomisión declarará admisible o no la solicitud. De ser admisible será la CODER quien determine si reconoce o no tu condición de persona refugiada. En el caso contrario, tienes derecho a interponer un recurso de apelación contra la decisión de no admisibilidad ante la Comisión dentro de los tres (3) días hábiles, para que se reconsidere la información y se tome una decisión definitiva sobre tu caso.

Una vez admitida a trámite la solicitud de parte de la Subcomisión, esta pasará a ser analizada por la CODER. La CODER cuenta con un plazo máximo de treinta (30) días hábiles para resolver, contados a partir de la notificación de admisibilidad. En ciertos casos que se requiera de una mayor investigación y análisis, el plazo se puede ampliar. La decisión de la CODER puede ser positiva o negativa.

Paso 5: Reconocimiento de la condición de refugiado

Si la decisión es positiva deberás, en coordinación y con apoyo de la Secretaría de la CODER, tramitar en la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) tu “Carnet de Permanencia Temporal Especial en calidad de refugiado” con permiso de trabajo.

Paso 6: Solicitud de la condición de refugiado rechazada

Si la decisión es negativa y tu solicitud es rechazada, tienes derecho a presentar un recurso de revisión por escrito ante la Secretaria de la CODER dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la notificación. En base al recurso interpuesto la CODER reevaluará su decisión, de existir nuevos elementos que sustenten tal recurso. La Comisión emitirá una decisión sobre el recurso revisado.