Derechos de refugiados

  • No ser devuelto a su país o a cualquier otro país donde su vida, seguridad o libertad estén en peligro (derecho a la no devolución).
  • No ser discriminado.
  • Que no se le imponga una sanción por haber entrado de forma irregular a El Salvador.
  • Recibir información y asesoría legal sobre el procedimiento para solicitar la condición de refugiado.
  • Que no se informe a las autoridades diplomáticas ni consulares de su país de origen sobre su procedimiento sin permiso previo por parte de la persona refugiada.
  • Derecho a recibir servicios de salud.
  • A un carnet de permanencia provisional en El Salvador durante el procedimiento de su solicitud.
  • Contar con un traductor o intérprete, de ser necesario.
  • En caso en que no haya cumplido 18 años y no cuente con un representante legal, ser representado por el Procurador General de la República, con el objeto que se garantice su interés superior como niña, niño o adolescente.
  • Comunicarse siempre que lo desee con la oficina del ACNUR en El Salvador, o con su agencia socia.